DERECHOS Y DEBERES

de los pacientes

Derechos de los Pacientes

(Afiliados y sus Beneficios)

Todo paciente debe ejercer sin restricciones:
1. Su derecho a elegir libremente al medico, profesionales e instituciones de salud que le presten atención, dentro de los recursos disponibles del país.

2. Derecho comunicación completa y clara con el medico, que le permitan obtener información respecto a la enfermedad que padece, procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar y pronósticos y riesgos que dicho tratamiento conlleve. También su derecho a consentir o rechazarlos procedimientos por escrito.

3. Su derecho a recibir un trato digno respetando creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que sufre.

4. Su derecho a la confidencialidad y que su información pueda ser conocida solo con su autorización.

5. Su derecho a recibir la mejore asistencia médica disponible, pero respetando los deseos del paciente en el caso de enfermedad irreversible.

6. Su derecho recibir información oportuna sobre los procesos administrativos y costos de los servicios. Al igual que al derecho de la atención de emergencias.

7. Su derecho a recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera que sea su orientación ética y moral.

8. Su derecho a que se le respete la voluntad a participar o no en investigaciones de acuerdo a la normatividad vigente.

9. Su derecho a morir con dignidad, respetando su voluntad de que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad en compañía de su familia.

Estos derechos están fundamentados en la resolución 13437 de 1991 Min. Protección social.

Deberes de los Pacientes

(Afiliados y sus Beneficios)

1. Procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad, observando además normas de convivencia, aislamiento, limpieza y seguridad institucional.

2. Afiliarse con su familia al Sistema General de Seguridad Social en Salud, asumiendo los copagos, excedentes y servicios no cubiertos por su empresa de salud.

3. Suministrar información veraz, clara y completa solicitada por el equipo de salud, diligenciar los formatos establecidos por la institución y dar su consentimiento informando según su voluntad y de acuerdo al requisito legal.

4. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los empleados.

5. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de las instituciones y profesionales que le presten atención en salud.

6. Cuidar y hacer uso racional de los recursos, las instalaciones, las dotaciones, así como de los servicios y prestaciones sociales y laborales.

7. Tratar con dignidad al personal que le atiende y respetar la dignidad y derechos de los demás pacientes.

8. Asegurar la compañía del paciente durante su enfermedad.

9. Informar al personal de salud sobre las decisiones y deseos del paciente y su familia, como en caso de enfermedad terminal: no realizar reanimación, medidas extraordinarias y la alta voluntaria.

10 .Colaborar con la confidencialidad de la información relacionada con su proceso de atención.

Estos deberes están fundamentados en la ley 100 de 1993. Constitución Colombiana.

Este folleto es solo para educación general. Determinadas preguntas o inquietudes deben ser siempre dirigidas a su medico; el podrá explicar mejor los posibles riesgos o efectos secundarios.

*Los resultados pueden varias dependiendo del individuo